IEQROO ACATA SENTENCIAS DE LA SALA REGIONAL XALAPA DEL TEPJF PARA SUSTITUCIONES DE DIPUTADOS PROPIETARIOS EN LOS DISTRITOS ELECTORALES 06 Y 08.

En el Distrito electoral 06, va la ciudadana Erika Guadalupe Castillo Acosta en sustitución de la ciudadana, Susana Hurtado Vallejo, y en el Distrito electoral 08, va Erick Gustavo Miranda García por Gustavo Mónico Pedro Miranda Correa.

Chetumal, Q . Roo, 19 de Abril 2019.– El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente, aprobó sustituir la fórmula de candidaturas a la diputación por el principio de Mayoría Relativa del Distrito electoral 08, postulada por la coalición parcial denominada “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México, a efecto de contender en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019, quedando de la siguiente manera: Diputado propietario, Erick Gustavo Miranda García y Diputado suplente, Raymundo Polanco Córdova.

Asimismo, en otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto Electoral, emitió el acatamiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente SX-JDC-115/2019 para otorgar el registro a la ciudadana Erika Guadalupe Castillo Acosta, como candidata propietaria a la Diputación en el Distrito electoral 06, por la coalición parcial denominada “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México, en sustitución de la ciudadana Susana Hurtado Vallejo.

En el primero caso, se da dicha sustitución, luego de que los ciudadanos, Gustavo Mónico Pedro Miranda Correa y Jacob Sorensen Andrade, presentarán sus renuncias a Diputados propietarios y suplente, respectivamente, por el Distrito 08.

En el segundo punto del orden del día, como antecedente cabe mencionar que, el 10 de abril de 2019, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, aprobó el Acuerdo IEQROO/CG/A-121/19, mediante el cual, otorgó, entre otros, el registro de la candidatura propietaria en el Distrito electoral 06 a la ciudadana Susana Hurtada Vallejo.

El 12 de abril del año en curso, la ciudadana Erika Guadalupe Castillo Acosta, presentó ante el Instituto Electoral de Quintana Roo, el Juicio para la Protección de los Derechos Político-electorales del Ciudadano, en contra del Acuerdo IEQROO/CG/A-121/19.

En ese sentido, el 18 de abril del presente año, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictó sentencia en el expediente SX-JDC-115/19, revocando en lo que fue materia de impugnación, el Acuerdo referido en el Antecedente I del presente instrumento jurídico y ordenando a este órgano electoral local que en un término de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación de la sentencia, otorgara el registro de Erika Guadalupe Castillo Acosta como candidata propietaria a Diputada en el Distrito electoral 06 por la Coalición parcial, “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, integrada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo y Verde Ecologista de México.

Es mencionar que la Coalición parcial en mención, deberá presentar ante este Instituto, el Formulario de aceptación de registro de la fórmula obtenido del Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos del INE, correspondiente a la ciudadana Erika Guadalupe Castillo Acosta debidamente requisitado, a efecto de que la Dirección cuente con los elementos necesarios para realizar la sustitución respectiva en el Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos del INE.

En ambos casos, el Consejo General considera importante mencionar a la Coalición parcial, así como a los integrantes de las fórmulas de candidatas y candidatos de referencia, que, de conformidad con el Calendario integral, la campaña electoral inició el 15 de abril y concluye el 29 de mayo de 2019, y en ese contexto, deberán conducirse, observando en todo momento lo establecido en el Libro Sexto, Título Segundo, Capítulo Tercero de la Ley local y demás normatividad aplicable.

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