El grupo parlamentario del PRD solicitará ampliación de plazo para el cumplimiento del Decreto de Reforma Laboral: Chucho Pool

“Estamos a favor de la regularización de las empresas subcontratistas y la formalización de trabajadoras y trabajadores, sin embargo, el plazo que tienen para su cumplimiento es insuficiente”, dijo el diputado federal.
“Los patrones que no se han registrado, no lo han hecho como una forma de rechazo a la reforma, sino por dificultades administrativas que el Gobierno debe resolver”, enfatizó.

CD. DE MÉXICO, a.- El Grupo Parlamentario del PRD solicitará al Gobierno Federal otorgar plazos más realistas para que las empresas tengan la oportunidad de cumplir con el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones a diversas leyes laborales, de seguridad y fiscales en materia de subcontratación, la llamada Ley Outsourcing, señaló el diputado Federal, Jesús Pool Moo, durante su intervención en tribuna del Congreso de la Unión.

“Estamos a favor de la regularización de las empresas subcontratistas y la formalización de trabajadoras y trabajadores, cuyos derechos se habían transgredido con el régimen permisivo y de simulación que prevalecía en el mundo del trabajo, sin embargo, una prórroga de un mes a los procesos administrativos sigue siendo insuficiente, pues el universo por atender es mayúsculo. Es importante reconocer que los patrones que no se han registrado, no lo han hecho como una forma de rechazo a la reforma, sino por dificultades administrativas que el Gobierno debe resolver”, detalló el diputado.

Chucho Pool dijo que, aunque el voto de la fracción perredista en lo general es a favor del Decreto, presentarán reservas para dar plazos más realistas al cumplimiento del Decreto.

Recordó que el 24 de abril pasado entró en vigor el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones a diversas leyes laborales, de seguridad y fiscales en materia de subcontratación. El objeto de este Decreto fue regular la subcontratación laboral a la que recurren las empresas para realizar actividades complementarias a su objeto, mediante la contratación de servicios especializados.

En el Decreto -puntualizó- se prohíbe la subcontratación que implique la sustitución de trabajadores de actividades esenciales de las empresas, con el objeto de eludir responsabilidades, disminuir salarios y prestaciones y evadir el pago de obligaciones fiscales.

Para hacer efectiva esa prohibición, se establecieron diversos requisitos y procedimientos administrativos a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores y el Sistema de Administración Tributaria.

Este Decreto -explicó el diputado- estableció diversas temporalidades: la entrada en vigor al 1 de agosto de 2021 de las reformas en materia fiscal; 90 días contados a partir de la expedición por la STPS de los lineamientos para obtener el registro correspondiente ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social; 90 días contados a partir de la entrada en vigor del Decreto para que la trasmisión de los bienes objeto de la empresa o establecimiento no sea requisito en la sustitución patronal y 90 días para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social.

Sin embargo, los plazos establecidos han resultado insuficientes, a decir del propio Gobierno Federal. En el caso de la STPS, la plataforma del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), habilitada el 24 de mayo pasado, se ha enfrentado a problemas de coordinación pues la información que se debe verificar con el IMSS, el SAT y, en especial, el INFONAVIT no ha fluido de manera oportuna.

El IMSS fijó una prórroga “hasta en tanto el Congreso de la Unión defina la nueva fecha límite” a los tramites que vencieron el 22 de julio (90 días después de la entrada en vigor del Decreto): sustitución patronal; baja de registros patronales que tenían un régimen de subcontratación para solicitar el alta de nuevos registros; y, entrega de reportes sobre los contratos de prestación de servicios y obras especializadas realizados bajo la nueva modalidad.

Las autoridades han señalado también otras dificultades como la recepción de documentos ilegibles o la imprecisión en la declaración de actividades especializadas a que se dedica la empresa. La fecha límite para realizar el registro es el 22 de agosto, es decir, 90 días naturales después de la expedición de los lineamientos.

Otros de los problemas observados han sido la escasez de recursos humanos para atender el registro, tanto por las políticas de austeridad y recorte presupuestal, como por la falta de presencia física en las oficinas por la pandemia. También se reportó la saturación de citas en el SAT, con motivo de los cierres de las declaraciones fiscales,

“Cabe señalar que la regulación de la subcontratación en beneficio de las dependencias e instituciones del Gobierno Federal, y a las instituciones que presten el servicio público de banca y crédito se les dio un plazo mayor, hasta el 1 de enero de 2022, esa es la fecha que nosotros solicitaremos para las empresas”, -mencionó.

De acuerdo con la última información disponible, se han otorgado 19 mil registros y 2.3 millones de trabajadores han migrado de una empresa de outsourcing a una que realmente se beneficia de su trabajo.

El consenso y la necesidad de ajustar los tiempos está claro y su necesidad es indiscutible, finalizó Chucho Pool.

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