Chetumal, Q. Roo, 17 de octubre 2018.– Luego de que Rafael del Pozo Dergal, titular de la Secretaría de la Contraloría, se quejó ayer ante la XV Legislatura de la inconsistencia de la Federación en las denuncias presentadas contra ex funcionarios de la administración de Roberto Borge Angulo, pues el resultado de las investigaciones no han sido acorde con la evidencia presentada, el Congreso del Estado declaró hoy improcedente la solicitud de juicio político contra Freddy Efrén Marrufo Martín, ex presidente municipal de Cozumel.
Improcedente el juicio político contra Freddy Marrufo Martín
Congreso del Estado declaró hoy improcedente la solicitud de juicio político contra Freddy Efrén Marrufo Martín, ex presidente municipal de Cozumel
Juicio político
A 19 meses de que la ex presidenta municipal de Cozumel, Perla Tun Pech, y el ex síndico Fidencio Balam Ku presentaron la solicitud de juicio político contra su antecesor, a quien responsabilizaba de irregularidades por 121 millones de pesos en los primeros meses de 2016 y por un endeudamiento de 657 millones de pesos, el diputado Juan Carlos Pereyra Escudero, presidente de la Comisión Instructora, señaló en tribuna que el asunto es “de un interés particular y (…) atañe únicamente a una percepción del denunciante”.
Según dijo, el análisis de la denuncia y de los medios de prueba anexos no comprueban, ni a título de presunción, alguna de las causales establecidas en el artículo 6 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado para que pueda decretarse la procedencia del juicio político contra Marrufo Martín, presidente municipal en el periodo 2013 2016.
“La denuncia es improcedente, ya que el juicio político tiene por objeto, exclusivamente, velar por los intereses de una colectividad y no en forma individual”, añadió. Es necesario “comprobar que los actos u omisiones de un servidor público del Estado redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho”.
Sin embargo, manifestó que las determinaciones contenidas en la resolución de ninguna manera prejuzgan la existencia de delitos o infracciones administrativas, pero investigar y, en su caso, sancionar alguna probable responsabilidad de carácter penal, administrativa o civil, queda a juicio de otras autoridades.
En ese sentido, apuntó que “quedan intocadas las facultades legales del Ministerio Público y las autoridades jurisdiccionales para, en el ejercicio de sus funciones, realizar las actuaciones que consideren pertinentes”. (Infoqroo).
Redacción
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