Chetumal, 9 de agosto de 2017.- El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), acudirá el día de mañana a la XV Legislatura del Congreso del Estado donde presentará la propuesta de reforma al marco normativo constitucional y legal electoral del Estado, dicho documento será entregado por la Consejera Presidenta del Instituto Mayra San Román Carrillo Medina; lo anterior lo dio a conocer el Consejero Electoral y Presidente la Comisión de Partidos Políticos y Radiodifusión, Sergio Avilés Demeneghi.
El Consejero Avilés Demeneghi destacó que este documento contiene aportaciones de los integrantes del Consejo General, incluyendo a los representantes de los partidos políticos y a los integrantes de la Junta General, quienes en conjunto aportaron sus conocimientos y el intercambio para proponer reformar, modificar, adicionar o derogar, según sea el caso, el marco normativo constitucional y legal electoral del Estado.
Dijo que este documento, armoniza las leyes generales y los lineamientos federales establecidos por el propio Instituto Nacional Electoral, así como aquellas atribuciones reales que tiene el IEQROO; las omisiones que en su momento estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en asuntos declarados como inválidos y que ahora son considerados en esta propuesta de reforma a la Ley Electoral.
Informó que para el Instituto es muy importante dichas observaciones que se hicieron al contenido de los artículos de la normatividad, entre los que destacan: 4 artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 99 artículos de la Ley Electoral de Quintana Roo, 51 de la Ley Orgánica del IEQROO para un total de 154.
Sergio Avilés Demeneghi, dio a conocer que entre las propuestas de reforma, se encuentran, en el caso de las Agrupaciones Políticas Estatales (APE), que deben cubrir el porcentaje de afiliados para constituir como Agrupación Política Estatal, a efecto de establecer una equidad total para todos y garantizar el derecho humano de asociación; así como las causales de pérdida de registro de las APES y obligaciones de las APES, en armonización del artículo 60 de la Ley Electoral local.
En lo que respecta a los partidos políticos locales o nacionales acreditados en el Estado, dijo, se establecen causales de pérdida de registro y reformas respecto a la declaratoria de pérdida de registro o acreditación de partidos políticos, en atención a las disposiciones que en materia de fiscalización establece el INE.
Sobre el punto de las prerrogativas, Avilés Demeneghi, señaló se reforman las disposiciones respecto a la base del cálculo de la cantidad base para asignar el financiamiento público, en atención a la reforma constitucional federal que refiere que el salario mínimo no puede ser tomado como índice, unidad, base o medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza, entre otras.
Al referirse al tema de las Candidaturas Independientes, explicó se establece que las candidaturas independientes registradas en la modalidad de “Miembros de los Ayuntamientos de Representación Proporcional”, pueden ser asignado a ocupar cargo de regidor por el principio de Representación Proporcional, derivado de los criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; se elimina el requisito de vecindad para el cargo de la titularidad del Ejecutivo de la entidad y las diputaciones, en virtud de no ser un requisito constitucional, entre otras.