El TEQROO atiende tres asuntos

Respecto al Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave PES/010/2019, magistrados del pleno, por mayoría de votos acordaron el reenvió de este asunto al Instituto Electoral de Quintana Roo.

Chetumal, Q. Roo a 03 de Mayo de 2019.- En Sesión de Pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo atendió dos Procedimientos Especial Sancionador y un Juicio Ciudadano.
Respecto al Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave PES/010/2019, magistrados del pleno, por mayoría de votos acordaron el reenvió de este asunto al Instituto Electoral de Quintana Roo para efecto de que desahogue lo solicitado por el denunciante; así mismo, realice todas las demás diligencias que estimen necesarias a fin de que este Tribunal cuente con mayores elementos que le permitan emitir la resolución que en derecho corresponda.

De igual manera, acordaron que una vez que la autoridad instructora lleve a cabo las diligencias respectivas, deberá remitir a este Tribunal, a la brevedad posible, el expediente integrado con motivo del Procedimiento Especial Sancionador a fin de dictar resolución que conforme a derecho corresponda.
El PES/010/2019 fue interpuesto por el partido político Movimiento Ciudadano en contra del Partido Verde Ecologista de México y otros, por presuntos actos anticipados de campaña.
Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador PES/011/2019 lo presentó el Partido Encuentro Social en contra de Roberto Erales Jiménez y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”.
Respecto a este asunto, las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos, declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a Roberto Erales Jiménez y a la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”.


En esta sesión de pleno, se sobreseyó el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con el expediente JCD/015/2019, interpuesto por Juan Carlos Vázquez en contra del Partido Movimiento Ciudadano y el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, esto, toda vez que el citado medio de impugnación fue interpuesto de forma extemporánea y por no haberse agotado ante las instancias internas del partido político.

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