Quintana Roo prohíbe cirugías estéticas a menores y endurece reglas sobre custodia

• El Congreso aprobó tres reformas relacionadas con protección de menores, patria potestad y rendición de cuentas de la Fiscalía

• Las cirugías reconstructivas podrán realizarse bajo excepciones médicas; jueces tendrán nuevas herramientas para valorar la idoneidad parental

Chetumal, Quintana Roo, 14 de septiembre de 2026.- El Congreso de Quintana Roo aprobó una reforma al Código Penal para prohibir y sancionar las cirugías estéticas en menores de 18 años, además de modificar las reglas relacionadas con guarda, custodia y convivencia cuando existan indicios de posibles afectaciones a niñas, niños y adolescentes.

Las modificaciones forman parte de tres dictámenes aprobados por el Pleno de la XVIII Legislatura y abarcan también cambios en la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado para establecer la comparecencia anual de su titular ante diputados.

Uno de los cambios de mayor alcance corresponde al Código Penal de Quintana Roo, que establece la prohibición de realizar procedimientos de cirugía estética a personas menores de edad.

La reforma contempla una excepción para cirugías reconstructivas médicamente justificadas, cuando sean necesarias para atender malformaciones congénitas, secuelas provocadas por accidentes o anomalías fisiológicas que puedan afectar la integridad física o psicológica del menor.

En esos casos deberá existir un dictamen médico especializado y una evaluación psicológica que sustenten la realización del procedimiento.

NUEVAS REGLAS EN DISPUTAS POR CUSTODIA

El Congreso también modificó el Código Civil estatal para incorporar mayores elementos de evaluación en asuntos relacionados con patria potestad, guarda y custodia y convivencia.

Cuando existan elementos que hagan presumir riesgos para el desarrollo integral o para la seguridad física, sexual o psicoemocional de una persona menor de edad, los jueces podrán ordenar valoraciones de idoneidad parental, psicológicas, sociofamiliares o interdisciplinarias.

Las modificaciones también incorporan como supuesto para la pérdida de la custodia la existencia de conductas reiteradas que afecten gravemente la estabilidad emocional o psicológica, la integridad física o el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.

FISCAL DEBERÁ COMPARECER CADA OCTUBRE

El tercer cambio aprobado alcanza directamente a la Fiscalía General del Estado.

La XVIII Legislatura reformó su Ley Orgánica para armonizarla con la Constitución estatal y establecer que el titular de la FGE deberá comparecer durante octubre de cada año ante la Comisión de Justicia del Congreso.

En esa comparecencia tendrá que presentar su informe anual de labores y resultados, explicar su contenido y responder los planteamientos formulados por los legisladores.

Con las tres reformas, el Congreso modifica disposiciones que van desde procedimientos médicos practicados a menores y decisiones judiciales sobre custodia hasta la obligación del fiscal general de comparecer periódicamente ante el Poder Legislativo.