Aprueba el Ieqroo convocatoria y lineamientos para registro de candidaturas independientes

Cualquier candidato que aspire a obtener registro requiere el respaldo de 1.5% del padrón electoral
Chetumal, Q. Roo, 19 de diciembre 2018.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) aprobó, en sesión extraordinaria, los lineamientos y la convocatoria para el registro de candidaturas independientes durante el proceso electoral local ordinario 2018-2019 para la renovación de la XV Legislatura del Congreso del Estado. 
En un comunicado, el organismo precisó que el mínimo de respaldo ciudadano que deberán obtener las y los aspirantes a candidatos independientes, será el equivalente al 1.5% del padrón electoral con corte al 31 de agosto de 2018.
En ese sentido, se dio a conocer que conforme al padrón electoral con corte al 31 de agosto de 2018 otorgado por el Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral a la Dirección de Organización de este Instituto, cada Distrito tiene un mínimo de manifestaciones a obtener para alcanzar la declaratoria de derecho para ser registrado como candidato independiente.
En ese sentido, se precisó que para el Distrito 1 con cabecera distrital en Kantunilkín, el respaldo ciudadano será de 1290 manifestaciones; Distrito 2, será de 1616; Distrito 3, será de 1088; Distrito 4, de 1004; Distrito 5, será de 1192; Distrito 6, de 1065; Distrito 7, de 1281 y Distrito 8, será de 1196, todos con cabecera distrital en Cancún. El Distrito 9, con cabecera distrital en Tulum, el respaldo ciudadano será de 2233; Distrito 10, con cabecera distrital en Playa del Carmen será de 1326; Distrito 11, con cabecera distrital en Cozumel será de 1019; Distrito 12, con cabecera distrital en Felipe Carrillo Puerto será de 939; Distrito 13, con cabecera distrital en Bacalar será de 1045; Distrito 14, será de 1035 y Distrito 15, de 1106, estos dos últimos con cabecera distrital en Chetumal.
En la sesión se explicó que todos los aspirantes registrados a un mismo cargo de elección popular, solamente tendrán derecho a registrarse como candidato independiente aquel que de manera individual, por fórmula o planilla, según sea el caso, obtenga el mayor número de manifestaciones de apoyo válidas.
Además, si ninguno de los aspirantes registrados obtiene, en su respectiva demarcación, el respaldo de por lo menos el 1.5% de ciudadanos registrados en el padrón electoral con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección, el Consejo General declarará desierto el proceso de selección de candidato independiente en la elección de que se trate.
De igual manera, se especificó que la solicitud de registro de aspirante deberá presentarse por fórmula dentro del periodo del 7 al 11 de enero del 2019 y contendrá como mínimo la siguiente información: Apellido paterno, materno y nombre (s), sin abreviaciones; sobrenombre, en el caso de desee que aparezca en la boleta; lugar y fecha de nacimiento; domicilio particular y tiempo de residencia en el mismo; clave de elector de la credencial para votar; clave de OCR y/o CIC de la credencial para votar; especificar la calidad de propietario/a y suplente, así como el género de los mismos, entre otras.
En otro punto del orden del día, el Consejo General del IEQROO determinó los límites de financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos de sus militantes y simpatizantes, así como las aportaciones de los precandidatos, candidatos, aspirantes y candidatos independientes durante el ejercicio 2019. El monto total de financiamiento público ordinario de los partidos políticos, que se les otorgará el próximo año será la cantidad de $63’901,497.53 (Sesenta y tres millones novecientos un mil cuatrocientos noventa y siete pesos 53/100 M.N.).
De igual manera, se determinó que las aportaciones por concepto de financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos de sus militantes, así como las aportaciones de los candidatos serán en su conjunto de $25´560,599.01.
Asimismo, se precisó que las aportaciones o cuotas individuales y obligatorias, ordinarias y extraordinarias, en dinero o en especie no podrá exceder, en su conjunto del 40% del monto total de financiamiento público ordinario otorgado a los partidos políticos.
Además, para el caso de las aportaciones de candidatos en su conjunto será de $9´585,224.63, pero sin que se puedan exceder en su conjunto del 15% del monto total de financiamiento público ordinario otorgado a los partidos políticos.
La autoridad electoral determinó que las aportaciones por concepto de financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos de sus simpatizantes, así como el límite individual anual es en base al monto del tope de gastos de la elección de Gobernador del proceso electoral local ordinario de 2016 que fue de $4´448,592.57. 
Asimismo, las aportaciones de simpatizantes en su conjunto será de $889,718.51, misma que no podrá exceder anualmente en su conjunto del 20% del tope de gasto de la elección de Gobernador inmediata anterior, mientras las aportaciones de simpatizantes tendrán como límite individual anual de $22,242.96, es decir, el 0.5% del tope de gasto para la elección de Gobernador inmediata anterior.
(Infoqroo)