Aprueban prórroga a aspirantes a candidatos independientes en Quintana Roo

La fecha limite será hasta el 16 de enero del año en curso

Chetumal, Q. Roo, 15 de enero 2019 .- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente, aprobó el acuerdo que atiende los escritos presentados por la ciudadana Blanca Azucena García Gual y el de los ciudadanos Joaquín Ismael Noh Mayo y Jorge Luis Ovando Martínez para autorizar una prórroga solicitada para exhibir los documentos relativos a la apertura de la cuenta bancaria.

El organismo  estableció que a más tardar hasta las 18:00 del día 16 de enero de 2019, los ciudadanos interesados en participar en el procedimiento de candidaturas independientes en el proceso electoral local ordinario 2018-2019 deberán entregar esa documentación.

Se indicó que tanto Blanca Azucena García Gual como Joaquín Ismael Noh Mayo y Jorge Luis Ovando Martínez presentaron solicitud de registro a efecto de obtener la calidad de aspirantes a candidatos independientes a Diputados, por los distritos electorales locales 5, 15 y 14 respectivamente, presentando la documentación para dar cumplimiento a lo exigido en la convocatoria y los lineamientos respectivos, excepto la documentación relativa a la apertura de la cuenta bancaria, a nombre de la asociación civil que respalda la solicitud de su candidatura, la cual es exigida por la convocatoria y señalada por la ley local.

Ante esta solicitud, el Ieqroo otorgó una prórroga para exhibir en fecha posterior los documentos omitidos ya señalados, en virtud de que el trámite en la institución bancaria como parte de sus políticas internas, requiere de un proceso de validación para la apertura de la cuenta bancaria correspondiente.

Añadió que en aras de maximizar los derechos políticos electorales de dichos ciudadanos, la ley establece que las cuentas bancarias de las asociaciones civiles que respaldan dichas candidaturas, tendrán una utilidad efectiva a partir del día 17 de enero del año en curso, toda vez, que en dicha cuenta se depositarán los recursos captados por la y los ciudadanos para utilizarse durante la etapa de obtención de respaldo ciudadano, y debe considerarse que dichas cuentas son el instrumento real y eficaz para la fiscalización de los recursos de la y los aspirantes, por parte del INE.

Asimismo, se refirió que tomando en consideración que el artículo 1 de la Constitución Federal, en su párrafo tercero obliga a todas las autoridades en sus ámbitos de competencias, realizar una tutela efectiva de los derechos de las y los ciudadanos y con la finalidad de que los derechos de la y los solicitantes puedan ser ejercidos de manera efectiva y oportuna, es dable concederles una prórroga a partir de la aprobación del presente documento jurídico y hasta las 18:00 horas del día 16 de enero del presente año a efecto de exhiban los documentos mediante los cuales acrediten la apertura de las cuentas que utilizarán para los fines de obtención de respaldo ciudadano y en su caso, para la etapa de campaña electoral.

En ese sentido, el Ieqroo refiere que debe considerarse que si bien, el plazo de registro de aspirantes se encuentra comprendido del 7 al 11 de enero de la presente anualidad, también es de observarse que la materialización de las consecuencias jurídicas de dicho acto, será emitido a más tardar el 16 de enero del presente año, de ahí que no exista inconveniente para conceder una extensión de tiempo para que sean presentados los contratos de la cuentas bancarias o los documentos idóneos a nombre de la asociación civil.

Bajo la tesitura de que la cuenta bancaria no es un requisito de elegibilidad que en la etapa de registro  de aspirantes pudiera influir en el registro o no de la fórmula, sino que dicha cuenta bancaria tiene utilidad material a partir de la etapa de respaldo ciudadano, que en el caso concreto será del 17 de enero al 15 de febrero de 2019, sujetándonos al horario del centro del país, y que la misma cumple sus fines hasta el momento en que las y los aspirantes informan al INE, para que en plenitud de sus facultades vigile el estricto cumplimiento de las normas aplicables en materia de fiscalización.

(Infoqroo)

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